Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y LEGISTEL

Consejería Jurídica

Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" Sección Cuarta

Fecha
Palabras clave
Sumario

Secretaría de Finanzas

Lineamientos para administrar y controlar el suministro de placas de vehículos en demostración y traslado a los fabricantes, ensambladores, distribuidores o comerciantes de vehículos automotores nuevos con domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de México.

Reglas de carácter general para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en materia de prestación de la declaración informativa del impuesto sobren la adquisición de vehículos automotores usados.

Reglas generales para acceder al subsidio en materia de derechos de control vehicular prestados por la Secretaría de Finanzas por la expedición inicial de placas, tarjetas de circulación y calcomanías, previsto en el artículo II de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2010.

Reglas generales para el cumplimiento, en el ejercicio fiscal del año 2010, de las obligaciones fiscales, en materia de prestación de la declaración y pago del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.

Reglas de carácter general para acceder al subsidio en materia del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal previsto en el artículo 14 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2010.

Reglas de carácter general aplicables al aviso de compensación de las cantidades a favor del contribuyente conforme al artículo 44 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Reglas generales para acceder al subsidio del impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados previsto en el artículo 12 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2010.

Reglas de carácter general para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en materia del impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado e impuesto empresarial a tasa única para las personas físicas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes, dentro del territorio del Estado de México.

Sección Cuarta