Objeto: Establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño.
Ámbito: Nacional
Tipo de ordenamiento:
Fecha de publicación: 05
Fecha de última modificación: 25-04-2023
Mediante Decreto número 71 la H. “LIX” Legislatura del Estado de México declara que al Estado de México se incorpora a su régimen jurídico el Código Nacional de Procedimientos Penales, entrando en vigor de forma gradual a partir del día dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis, en los distritos judiciales de Tenancingo y Tenango del Valle, y a partir del dieciocho de junio de dos mil dieciséis en los restantes distritos judiciales de esta Entidad.