Objeto: Reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de las personas desaparecidas; brindar certeza jurídica de manera expedita a los familiares, dependientes económicos o quien tenga un interés jurídico de la persona desaparecida; otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a sus familiares o cualquier persona que tenga una relación afectiva inmediata y cotidiana con la persona desaparecida, y establecer el procedimiento estatal para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia.
Ámbito:  
Tipo de ordenamiento:  
Fecha de publicación: 26-11-2020 
Fecha de última modificación: Sin reforma.
Fecha
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              Vigente