Objeto: Establecer las bases de coordinación en materia de turismo y desarrollo artesanal entre el Ejecutivo, las dependencias estatales y organismos auxiliares del Estado y los municipios, así como la participación de los sectores social y privado; formular la política, planeación, programación, evaluación, protección, promoción, fomento, desarrollo y regulación en la actividad turística y artesanal en el Estado, bajo los criterios de beneficio social, sostenibilidad, competitividad y desarrollo considerando lo establecido en el Plan de Desarrollo Estatal y el Programa Estatal de Turismo Sostenible; determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento, protección, promoción, y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos del Estado, preservando y conservando el patrimonio natural, cultural, y el equilibrio ecológico con base en los criterios determinados por las leyes en la materia, así como contribuir a la creación o desarrollo de nuevos productos turísticos y artesanales, en apego al marco jurídico vigente; entre otros.
Ámbito: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley Local
Fecha de publicación: 06-01-2021
Fecha de última modificación: 05-04-2024