Objeto: Declarar la protección de las diferentes razas del Maíz Nativo y en Diversificación Constante en lo relativo a su valor intrínseco como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México; establecer los mecanismos de coordinación que permitan fomentar, proteger, promover y apoyar las actividades de producción, comercialización, procesamiento y consumo del Maíz Nativo; promover y apoyar, en coordinación con los municipios, las actividades productivas, culturales artesanales, bioculturales y culinarias de las comunidades, ejidos, pueblos y sujetos agrarios que originariamente han cultivado Maíz Nativo, por su valor intrínseco y, fomentar el desarrollo económico de las personas productoras y guardianes del Maíz Nativo, entre otros.
Ámbito:
Tipo de ordenamiento:
Fecha de publicación: 06-10-2022
Fecha de última modificación: 05-04-2024