Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y LEGISTEL

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Consejería Jurídica

Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” Sección Cuarta

Fecha
Sumario

Secretaría de Finanzas

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la recaudación y fiscalización del impuesto predial y sus accesorios legales, que celebran, por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien, en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Ixtapaluca, Estado de México, representado por la Presidenta Municipal Constitucional, C. Maricela Serrano Hernández, asistida por el Secretario del Ayuntamiento, C. Carlos Enríquez Santos y el Tesorero Municipal, C. Julio César Coca Paz, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la recaudación y fiscalización del impuesto predial y sus accesorios legales, que celebran, por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien, en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Ocuilan, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, Ing. Raúl, Abilio González Márquez, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, L. D. Simón Michua, Lares, y el Tesorero Municipal, C. Germán Galeana Vázquez, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la recaudación y fiscalización del impuesto predial y sus accesorios legales, que celebran, por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien, en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Zinacantepec, Estado de México, representado por la Presidenta Municipal Constitucional, C. Olga Hernández Martínez, asistida por el Secretario del Ayuntamiento, C. P. Gilberto Mondragón Guadarrama, y el Tesorero Municipal, L. C. C. Néstor Ignacio Ortega González, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la recaudación y fiscalización del impuesto predial y sus accesorios legales, que celebran, por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien, en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Isidro Fabela, Estado de México, representado por la Presidenta Municipal Constitucional, C. Lizeth Viridiana González Mondragón, asistida por el Secretario del Ayuntamiento, C. José Juan Rosas de la Cruz, y el Tesorero Municipal, C. P. Víctor Manuel Mendoza Lemus, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la recaudación y fiscalización del impuesto predial y sus accesorios legales, que celebran, por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien, en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Teotihuacán, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, C. Lucio René Monterrubio López, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, C. Gerardo Balcázar Sánchez, y el Tesorero Municipal, C. P. Trinidad Aguilar Corona, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Sección Cuarta