Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y LEGISTEL

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Consejería Jurídica

Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” Sección Tercera

Fecha
Sumario

Secretaría de Finanzas

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus Accesorios Legales, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Tejupilco, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, C. P. Manuel Santín Hernández, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, C. Juan Carlos Varela Domínguez y el Tesorero Municipal, C. José Antonio Subillaga Campuzano, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus Accesorios Legales, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Temoaya, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, Lic. Efraín Héctor Victoria Fabián, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, Lic. en P. U. Juan José Mora Remedios, y el Tesorero Municipal, Ing. Venancio Luis Morales Flores, a quienes, en lo sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus Accesorios Legales, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Calimaya, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, T. Oscar Vergara Gómez, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, Profra. Lilia Bobadilla Estévez, y el Tesorero Municipal, C. P. Ricardo Hermosillo Mondragón, a quienes, en los sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus Accesorios Legales, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Soyaniquilpan, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, Lic. Gabriel Ruiz Martínez, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, Maestro Jesús Alpizar Montiel y el Tesorero Municipal, C. P. Ricardo Contreras Velázquez, a quienes, en los sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus Accesorios Legales, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por el Secretario de Finanzas M. en D. Erasto Martínez Rojas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento del Municipio de Juchitepec, Estado de México, representado por el Presidente Municipal Constitucional, Lic. Ramiro Rendón Burgos, asistido por el Secretario del Ayuntamiento, L. en D. Alejandro Martínez Rueda, y el Tesorero Municipal, L. en D. Omar Rodolfo Ruaro Velázquez, a quienes, en los sucesivo se les denominará “El Municipio”; y en su conjunto, se les denominará “Las Partes”.

Sección Tercera