Objeto: Fijar las bases conforme a las cuales el Ejecutivo del Estado, ejercerá la planeación, vigilancia, control y evaluación de las actividades de sus Organismos Auxiliares, en los términos de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de la Administración Pública y demás ordenamientos aplicables.
Ámbito: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley Local
Fecha de publicación: 24-08-1983
Fecha de última modificación: 05-04-2024
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Palabras clave
Vigencia
Vigente